En Perú se está violando de manera sería el derecho de defensa en juicio de Pedro Castillo. Enumeremos de forma sucinta las severas violaciones al debido proceso que está sufriendo el presidente depuesto sin juicio político. (Algunos se preguntan cómo puede Castillo, un maestro pobre de Cajamarca, “pagarle” a sus abogados, ya esa pregunta insistente es representativa: no quieren que tenga una buena defensa, menos internacional, no quieren que nadie lo “defienda”, como me dijo López Obrador en nuestro primer encuentro, mientras miraba yo un cuadro del prócer mexicano José Maria Morelos y Pavon que colgaba en una esquina de su despacho).
1. Se filtran a la prensa acusaciones que serán evaluadas por la Justicia pero sus abogados no son aún notificados. No notificar debidamente y en tiempo y forma a los abogados es una forma muy seria de recortar el derecho de defensa. Los abogados de Castillo son en muchos casos los últimos en ser notificados. Pese a que la acusación (impulsada por una fiscalía que no ha orientado la investigación de modo ni imparcial ni independiente, como denuncia Hildebrant en sus trece) ya está en los medios hace días. En cualquier país serio es al revés: primero se notifica a los abogados y luego eventualmente a la prensa, que en rigor no es parte del proceso.
2. El INPE recorta el acceso de los abogados “extranjeros” a los penales del país. Esta medida es simultánea con el arresto arbitrario de Castillo y la visita mía y de Zaffaroni al penal de Barbadillo. Zaffaroni no pudo entrar a ver a Castillo. No estaba acreditado en Perú que el juez de la corte interamericana y uno de los penalistas más reputados del mundo, fuera “abogado”. Una pena que no tuvieron ese rigor para evaluar las tesis de la fiscal Benavides, que aún no aparecen. Impedir el ingreso de los abogados al penal a ver a su defendido es violar gravemente el derecho de defensa. Los congresistas lo saben y por eso quieren crear una comisión para abandonar el sistema interamericano. Porque tarde o temprano el Perú será condenado por estas violaciones flagrantes al derecho de defensa. La defensa es una cuestión de primer orden.
3. Está probado que la fiscalía de la nación manipuló gravemente la investigación penal contra Castillo, no habiendo respeto ninguno del principio de imparcialidad. El fiscal Terán Dianderas, a quien Chinchay reemplaza, fue presionado en su trabajo por la fiscal de la nación. No solo se recorta el derecho de defensa sino que se manipula todo el proceso. A esto se suman las lecturas flexibles de los tipos penales que realizan los jueces Checkley (no acredita cuál de las finalidades típicas de la rebelión se habría configurado porque no se tipifica ninguna) y San Martín Castro, que vuelve, ante la ausencia de hechos punibles, “psicológica” (“influjo psíquico” es la flamante creación jurisprudencial en Ecuador para perseguir a Correa) la violencia rebelde. Pero salvo que San Martín quiera dar ahora el peligroso salto al derecho penal de autor (que, como el realismo, es no positivista), en el discurso de Castillo no se tipificó rebelión alguna. Por eso mantienen como alternativa la conspiración. Aunque está acreditado que nadie conspiró. No hubo una sola coordinación. Luego de un año preso y luego de una vacancia nula, no han encontrado una sola prueba en su contra. Resulta sorprendente. Un año y no han encontrado absolutamente nada para implicar a Castillo. Por eso deben hacer juegos, como diría Karl Llewelyn, (célebre por su debate con Rosco Pound en Harvard) con las normas jurídicas para torcerlas y ver cómo imputar a Castillo de lo que fuera. No importa cómo.
Es interesante observar cómo en una audiencia pasada el fiscal que ahora subroga no puede sustentar la acusación. El fiscal supremo que asume el caso es Alcides Chinchay, quien en una audiencia pública fue duramente cuestionado por el juez Neura Flores debido a su falta de preparación al mostrar un completo desconocimiento de la causa penal que asumía como investigador. Esa baja calidad hace presumir, también en este caso, una baja independencia.
Este suceso (la manipulación del proceso penal por la fiscal Benavides) nos hace traer al presente la triste participación que cumplió en la dictadura de Alberto Fujimori, hoy indultado, (por los mismos jueces que callan que la vacancia contra Castillo es nula porque se hizo contraviniendo la constitución) la ex fiscal de la nación, Blanca Nélida Colan, fiel cumplidora de las órdenes que, en autoría mediata, por así decirlo, le dictaba Vladimiro Montesinos Torres. Y estuvo presa por ello. La historia peruana abunda en ejemplos donde los magistrados no han sido imparciales. La vacancia contra Castillo es nula porque se hizo contraviniendo la constitución y el reglamento del congreso. Y esto es independiente de si el discurso de Castillo estuvo mal o no. Porque para destituir a un presidente hay procedimientos que se deben respetar en forma estricta. Y en este caso no fueron respetados. Algún juez se debe atrever a reconocer este hecho básico.
No existe aún en la sociedad peruana un consenso claro sobre el caso Castillo, en parte debido a la dificultad que las cuestiones procesales presentan. Por eso es tan importante remarcar, aunque muchos hagan caso omiso, que está viciado todo el proceso penal. Cómo está viciada la destitución por no respetarse los preceptos constitucionales. Decir esto no es un “tenicisismo” superfluo.
4. La acusación fiscal de casi mil páginas que acaba de presentar la fiscalía suprema contiene oraciones recortadas e incompletas. Un copy paste vergonzoso tratándose de la acusación contra un presidente. (Punto 5.1.1.5)
5. Presupone erróneamente el fiscal Chinchay que Castillo fue vacado! Pero eso es falso. No fue vacado conforme a derecho. Chinchay debería mostrar públicamente la moción de la vacancia que según sostiene sucedió en el congreso. Pero el fiscal Chinchay no puede hacerlo. Porque esa moción no existe. Tampoco los votos exigidos por reglamento. La acusación de la fiscalía convalida un acto inconstitucional. Presupone lo que todavía debe ser demostrado. Que la vacancia no es nula. Eso todavía es materia de prueba, señor fiscal. No se puede presuponer. La vacancia es nula porque no se instrumentó conforme a derecho. Castillo, hablando con rigor jurídico, aun no fue vacado.
Una reciente investigación del instituto GIGA de Hamburgo compara a Jeanine Añez con Dina Boluarte y concluye el flaco favor que ambas mujeres le hacen al avance de las políticas de género en nuestra región (Crisis in the Andes: The Rise (and Fall?) of Two Women Leaders). Que una mujer lance caramelos en Ayacucho donde su gobierno asesinó a decenas de personas parece una provocación a las víctimas que aún claman por una justicia que no da respuestas a las víctimas reales. Una justicia que permanece callada frente a los cadáveres. La dictadura argentina también asesinaba personas, Sr. Otárola, a la vez que decían no promover la “violencia”. Se acordaron tarde.
Guido CROZATTO